Claves sobre la transposición a Derecho español de la Directiva de Derechos de Autor en el mercado único digital

El pasado 3 de noviembre se publicó en el Boletín Oficial del Estado, con casi 5 meses de retraso, el Real Decreto-Ley 24/2021, de 2 de noviembre, al que popularmente se le ha denominado “Ley Iceta“, en honor al actual ministro de Cultura y Deportes español, Miquel Iceta.
Este Real Decreto-Ley traspone una serie de directivas de la Unión Europea, entre ellas, y lo que aquí nos ocupa, la Directiva (UE) 2019/789, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de abril, sobre los derechos de autor y derechos afines en el mercado único digital (o Directiva Copyright) y la Directiva (UE) 2019/790 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de abril, por la que se establecen normas sobre el ejercicio de los derechos de autor y derechos afines aplicables a determinadas transmisiones en línea de los organismos de radiodifusión.
Sendas Directivas se han transpuesto a derecho español mediante este Real Decreto-Ley, por su extraordinaria y urgente necesidad. En el caso concreto de la Directiva de Copyright el plazo para su transposición venció el 7 de junio de 2021. A un mes de que venciera el periodo de gracia de 6 meses que Europa concedió a España para realizar la transposición de la Directiva Copyright, por fin la tenemos aquí.
El objetivo de este Real Decreto-Ley es adaptar el ordenamiento jurídico español relativo a los derechos de propiedad intelectual al desarrollo de las nuevas tecnologías e Internet, que, indudablemente, han transformado la manera en que se crean, producen, distribuyen y explotan las obras y prestaciones objeto de derechos de autor.
Se ha adaptado, así, la normativa sobre derechos de autor, se han introducido nuevos límites y se ha regulado el tan controvertido contenido protegido por derechos de autor, subido por los usuarios a plataformas y prestadores de servicios para compartir contenidos en línea. Además, se ha introducido un nuevo derecho conexo de los editores para los usos en línea de sus publicaciones de prensa por parte de prestadores de servicios de la sociedad de información.
La aprobación de este Real Decreto-Ley no ha estado exento de polémicas y al respecto ya se han pronunciado voces tanto a favor como en contra. Veamos en qué consisten las novedades que ha traído consigo.
¿Cuáles son los puntos clave y en qué nos afecta esta transposición de la normativa de derechos de autor?
Infografía elaborada por Elena Almazán. No la distribuyas sin citar la fuente.
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