
El pasado 5 de mayo de 2022 se organizó una sesión de formación en las instalaciones de Zaragoza Activa (Ayuntamiento de Zaragoza) dirigida a los emprendedores aragoneses del entorno crypto que versó sobre los beneficios y riesgos de la tecnología blockchain.
El evento fue organizado por el Ayuntamiento de Zaragoza y la Asociación Blockchain Zaragoza. Participaron como ponentes los expertos Juan Ignacio Pérez Sacristán (físico y especialista en smart contracts, DAOs y DeFi), Nacho Pulido Trullén (doctor en ingeniería informática y experto en criptomonedas) y Ricardo Oliva León (socio fundador de Algoritmo Legal y crypto abogado). La sesión estuvo moderada por Elena Almazán (legal counsel de Algoritmo Legal y juristas especializada en derecho de las nuevas tecnologías).
Los ponentes hablaron sobre el funcionamiento de la cadena de bloques, la identidad digital, las criptomonedas, los crypto exchanges, los custodios de monederos electrónicos, los smart contracts, la tokenización de activos, los NFTs, el metaverso, las DeFi y las DAOs.
Ricardo Oliva comentó la Circular 1/2022 de la CNMV, relativa a la publicidad sobre criptoactivos presentados como objeto de inversión siendo su ámbito objetivo de aplicación la actividad publicitaria sobre criptoactivos que se presenten como objeto de inversión, cuando se promueva su adquisición o se haga referencia a su rentabilidad, la propuesta del Reglamento europeo relativo a los mercados de criptoactivos (el Reglamento MICA) centrándose especialmente en los utility tokens, los tokens referenciados a activos y los tokens de dinero electrónico.

Cartel oficial del evento.
Sobre los NFTs Ricardo también se refirió a la Resolución Vinculante de la Dirección General de Tributos (DGT) V0486-22, de 10 de marzo de 2022, donde el consultante es una persona que vende sus ilustraciones en formato NFT mediante subastas en línea a través de plataformas que gestionan la venta. La DGT parte de la hipótesis de que el consultante, un creador de contenido digital objeto de comercialización, actúa como empresario o profesional a efectos del IVA y presta servicios por vía electrónica, de manera que sus servicios están sujetos a IVA cuando el destinatario no sea un empresario. La DGT entiende que la plataforma de subastas se limita a actuar como intermediario, en nombre ajeno, pues la transacción se realiza entre el consultante y el comprador del NFT.
Finalmente, Ricardo hizo una breve referencia al régimen jurídico sobre la tokenización de activos inmobiliarios y de instrumentos financieros, a las ofertas públicas de criptomonedas (ICOs), las DAOs, las criptomonedas (centrándose en la regulación sobre blanqueo de capitales que afecta a los crypto exchange y los custodios de monederos electrónicos) y el metaverso. Sobre esto último se centró en las cuestiones legales que afectan la protección de datos y la propiedad intelectual e industrial.