Pagos con criptomonedas
Pagos con criptomonedas
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La respuesta corta es sí, al menos en España.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (asunto Hedqvist, C264/14 de 22 de octubre del 2015) entiende que el bitcoin “constituye un medio de pago directo entre los operadores que lo aceptan”. En el mismo sentido, el Tribunal Supremo (sentencia 326/2019 de la Sala Penal, de 20 de junio de 2019) considera que puede emplearse “en cualquier transacción bilateral en la que los contratantes lo acepten”.

Por otro lado, la Quinta Directiva relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo señala expresamente que las “monedas virtuales no poseen el estatus jurídico de dinero o moneda pero que son aceptadas por las personas como medio de cambio”.

Eso sí, si eres un establecimiento (por ejemplo, un hotel, discoteca o restaurante) que vas a aceptar criptomonedas asegúrate antes, entre otras cosas, de

  • Entender los distintos tipos de billeteras y su funcionamiento.
  • Que la red/plataforma blockchain que vayas a utilizar para los pagos sea la óptima.
  • Si vas a aceptar cualquier moneda virtual y cómo vas a gestionar su volatilidad.
  • Tener claro cómo vas a ejecutar los reembolsos al cliente en caso de devolución o desistimiento.
  • Avisar de las comisiones aplicables antes de que el cliente ejecute la transacción.
  • El impacto de la normativa de blanqueo de capitales.
  • Si aplica o no el límite legal de 1.000 euros para los pagos realizados en efectivo.
  • El impacto fiscal y contable de recibir criptomonedas.

En el supuesto de que vayas a externalizar total o parcialmente el servicio de pago en un tercero, verifica que cumple con todos los requisitos regulatorios aplicables en España y lee bien los términos y condiciones del acuerdo que rija vuestra relación.

En resumen, los pagos en criptomonedas están permitidos en España. Todavía no son una realidad para el gran público pero estoy convencido de que está tendencia cambiará en un plazo corto. En cualquier caso, antes de implementarlos en tu comercio, consulta abogados especialistas en blockchain y/o abogados expertos en criptoactivos para evitar riesgos legales y fiscales.

El autor de este artículo es Alejandro Sánchez del Campo Redonet.

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